Menú documentos

Cómo valore la prueba el árbitro es algo ajeno al Tribunal de anulación, salvo que sea absolutamente irracional

Resultado de imagen de informe pericial de Grant Thornton

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala de lo Civil y Penal, Sección Primera, de 25 de mayo de 2017, desestima una acción de anulación basada en diversos motivos contra el laudo en un arbitraje administrado por el  Ilustre Colegio de Abogados del Señorío de Bizkaia. Entre otros razonamientos para alcanzar la referida decisión el Tribunal considera que: “El cómo valore la prueba el árbitro es algo ajeno a este Tribunal, salvo que sea absolutamente irracional; lo que consta es que la prueba se practicó bajo los principios audiencia, publicidad y contradicción, en la que las sociedades inglesas contestaron a todas las preguntas que les fueron formuladas y el árbitro llegó a la conclusión de que la demandante no había probado el hecho básico de su pretensión, esto es, que eran clientes de la demandante (…), por lo que ninguna indefensión se le ha producido a la demandante en el procedimiento arbitral, ha pedido y se ha practicado la prueba solicitada y ha intervenido en ella realizando todas las intervenciones que tuvo por conveniente y realizó conclusiones a todo ello. En consecuencia, ninguna violación del orden público se ha producido”.

Fuente: https://fernandezrozas.com/

Fecha
Categoría
Etiquetas