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El TSJ de Madrid desestima una acción de anulación basada en error patente y en arbitrariedad con infracción del orden público, e incongruencia por exceso

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La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Civil y Pena, Sección Primera, de 13 de febrero de 2018 (Ponente: Jesús Santos Vijande) desestima una acción de anulación basada, esencialmente, en error patente y en arbitrariedad con infracción del orden público e incongruencia por exceso. De acuerdo con esta decisión “la Sala no puede compartir que, en una simplificación extrema y carente de justificación, se pretenda asimilar la infracción del orden público, como motivo de anulación del laudo, a
la mera comisión de una suerte de ‘error patente’ -apreciable sin necesidad de elucubración alguna-; o que, como a veces se ha propugnado, se aduzca a favor de la inexistencia de infracción del orden público que el Tribunal enjuiciador haya de efectuar argumentaciones complejas para su apreciación”. Y añade, tras el examen de la motivación del aludo que, “ante una argumentación como la aquí sucintamente reseñada en absoluto es de apreciar, y mucho menos del modo palmario o manifiesto con que la doctrina constitucional lo exige, la presencia de error patente, ni de quiebra de las reglas de la lógica en la valoración de la prueba que efectúa el Laudo, que, en consecuencia, no puede ser anulado por tal motivo -infracción del orden público con contravención del art. 24.1º CE”.

Fuente: https://fernandezrozas.com/

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