El Servicio de Mediación de CIMA dispone de un listado de mediadores, para cuyo acceso debe cumplirse una serie de requisitos. Entre ellos, ser jurista de reconocida competencia y probidad con al menos diez años de probada experiencia profesional en el ámbito jurídico o empresarial, estar inscrito en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia, o adherirse al Código de Conducta Europeo para Mediadores.
Ni los integrantes de la Comisión de Gobierno de CIMA ni el Coordinador del Servicio de Mediación pueden formar parte del listado de mediadores. Los miembros del Comité de Designaciones distintos del Presidente pueden formar parte del listado de mediadores de CIMA, pero no pueden ser designados mediadores por el propio Comité sino únicamente por las partes del procedimiento.
El Comité de Designaciones procede a designar, de entre los que integran el listado, al mediador en cada procedimiento. Dicho mediador puede venir propuesto por las partes de común acuerdo, o en su defecto ser propuesto por el propio Comité. A la hora hacer esa designación, el Comité tiene en consideración factores como su independencia, imparcialidad y disponibilidad; su conocimiento técnico, experiencia y competencia lingüística; o la naturaleza, complejidad y otras circunstancias de la controversia.
Como regla general se nombra un solo mediador por cada procedimiento. Pueden ser nombrados dos o más mediadores si las partes están de acuerdo, a iniciativa de alguna de ellas o a sugerencia del Servicio de Mediación atendidas las características de la controversia. En caso de pluralidad de mediadores, todos ellos deben actuar de forma coordinada.
MEDIADORES
- Ana FERNÁNDEZ PÉREZ CV
- Ana FERNÁNDEZ SOLO DE ZALDIVAR
- Javier FERNÁNDEZ-SAMANIEGO CV
- Valeriano HERNANDEZ TAVERA CV
- Javier JIMÉNEZ UGARTE CV
- Adrián JOFRE BOSCH CV
- Álvaro LÓPEZ ARGUMEDO CV
- Juan Ramón MONTERO ESTÉVEZCV
- Ana OTERO IGLESIAS CV
- José PAJARES ECHEVARRÍA CV
- Miguel Ángel RECIO CRESPO CV
- José Aitor SANTANA TRUJILLO CV