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Admisión de la solicitud de bifurcación en al asunto Caso CIADI No. ARB/15/48 (“Abertis Infraestructuras, S.A. c. República Argentina”)

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El grupo de concesiones Abertis presentó una solicitud de arbitraje ante el CIADI el 17 de diciembre de 2015 (Caso CIADI No. ARB/15/48), al amparo del Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y la República Argentina y Protocolo anejo, hecho en Buenos Aires el 3 de octubre de 1991, por el desequilibrio financiero que presentaban desde hace doce años las autopistas que gestiona el país tras la decisión del gobierno de congelar tarifas y por la imposibilidad de negociar con los ejecutivos de ese país una salida para recomponer ese desfase. El Tribunal se constituyó el 2 de agosto de 2016 con los siguientes miembros Rodrigo Oreamuno (Costa Rica), Presidente, Whitney Debevoise (U.S.A), árbitro propuesto por la demandante y Eduardo Valencia-Ospina (Colombia), árbitro propuesta por la demandada. Con posterioridad, el Tribunal arbitral emitió la Orden Procesal nº 2, del 27 de marzo de 2017, decidiendo abordar las objeciones a la jurisdicción con carácter preliminar. La admisión de esta “solicitud de bifurcación”, pedida por el Estado argentino, destinada a considerar las excepciones sobre jurisdicción y admisibilidad formuladas por la parte demandada antes de dirimir el arbitraje,  supondrá una demora considerable para la consecución de este último mecanismo.

Fuente: https://fernandezrozas.com/

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