La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Civil y Penal, Sección Primera, de 28 de junio de 2017, estima una acción de anulación contra un laudo arbitral pronunciado por un árbitro designado por la Asociación Corte Española de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad. La Sala considera que “sin esperar a la conclusión del plazo concedido para alegaciones, se dictó el laudo ahora impugnado” y recuerda que “esta Sala ha anulado laudos arbitrales en varias ocasiones (SS 17 de enero de 2017 (…), de 24 de enero de 2017 (…), sentencia de 1 de febrero de 2017, (…) y sentencia de 6 de marzo de 2017 (…) cuando el laudo arbitral se ha dictado sin dar posibilidad real y efectiva a la demandada en el procedimiento arbitral para alegar y proponer prueba durante la sustanciación del procedimiento arbitral.
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Fuente: https://fernandezrozas.com/