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No puede indentificarse la falta de motivación o las supuestas incongruencias del laudo arbitral con la motivación desfavorable a los intereses de la demandante en anulación

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La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Civil y Penal, Sección Primera, de 19 de septiembre de 2017, desestimó una acción de anulación contra un laudo arbitral y un laudo aclaratorio del mismo. Fundamenta la sala su cesión en que la falta de motivación alegada por la demandante “viene a identificar la falta de motivación y las supuestas incongruencias del Laudo con la motivación desfavorable a sus intereses”. Añade la Sala que aunque el “demandante pone de relieve (…) su discrepancia con el contenido y fallo del laudo arbitral, del cual discrepa, considerando que las interpretaciones, manifestaciones, y conclusiones que realiza el árbitro son ilógicas, porque no coinciden con las mantenidas por la demandante, extremo que no podemos entrar a analizar, pues la acción de nulidad entablada, prevista legalmente, no es un recurso de apelación que permita volver a valorar la controversia resuelta por los árbitros”.

Fuente: https://fernandezrozas.com/

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